El Gobierno impulsa una nueva licencia de conducir sin vencimiento
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anticipó que el Gobierno busca impulsar un proyecto de la diputada nacional del Pro, Patricia Vásquez, con modificaciones en la legislación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) para que las licencias de conducir no tengan vencimiento. Así, los usuarios solamente deberían presentar un certificado médico y declaración jurada de forma online cada cinco años.
La diputada Vásquez, quien forma parte de la Comisión de Transporte de la Cámara Baja, presentó a fines de julio un proyecto que plantea un cambio en el artículo 13 de la Ley 24.449, en cuyo punto “C” especifica: “las licencias de conducir en sus categorías no profesionales se otorgarán sin fecha de vencimiento, debiendo los conductores presentar cada cinco años una declaración jurada e informar, vía plataforma electrónica, su aptitud psicofísica para conducir mediante un certificado emitido por un médico acreditado por la autoridad de aplicación a estos efectos”.
De aceptarse este proyecto, las licencias habilitadas deberán tener “las fechas de primer otorgamiento y última modificación de datos en el caso de las categorías no profesionales, y fechas de primer otorgamiento, última renovación y vencimiento, en el caso de las categorías profesionales”.
La suspensión de la licencia ocurrirá de forma automática “cuando no se presente en tiempo y forma la declaración jurada y el certificado de aptitud psicofísica”. En tanto, durante el período de suspensión, el titular de la licencia quedará “inhabiltado para conducir”.
En ese sentido, la licencia del titular podría ser rehabilitada cuando “acredite haber adoptado las precauciones necesarias para recuperar su aptitud psicofísica para el manejo en condiciones de seguridad”, una vez “convalidado por el certificado médico”.
Otra novedad que propuso Vásquez es que ante cualquier modificación en los datos de la licencia (por ejemplo, un cambio de domicilio), el conductor podrá hacer la declaración “de forma electrónica” y “sin costo”.
Por último, agrega al artículo 77 de clasificación de “faltas graves” la “falsificación de los datos” de la declaración jurada y/o el certificado de aptitud psicofísica”.