Torturas y abusos en la Cárcel de Magdalena: una sola penitenciaria declaró y los otros 14 guardaron silencio

La Justicia de La Plata procesó a los 15 agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense acusados por graves hechos de tortura y abuso sexual ocurridos en la Unidad Penitenciaria N°51 de Magdalena. Durante las indagatorias, 14 de los imputados se negaron a declarar y solo una de las acusadas decidió brindar su versión de los hechos.
La causa está a cargo del fiscal Álvaro Garganta y tramita ante el Juzgado de Garantías N°4 de La Plata, encabezado por el juez Juan Pablo Masi. Los acusados enfrentan cargos por “tortura en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, gravemente ultrajante y agravado por haber sido cometido por personal perteneciente a las fuerzas de seguridad en ocasión de sus funciones”, en calidad de autores y/o partícipes necesarios.

Según consta en la investigación, los hechos ocurrieron el 3 de junio de 2026, luego de una pelea entre internas de la Unidad 51. En ese contexto, un grupo de agentes ingresó a uno de los sectores del penal. Las denuncias incorporadas al expediente describen golpes, utilización de gas pimienta, desnudez forzada, privación de agua y alimentos y distintos mecanismos de humillación. Además, cinco detenidas denunciaron haber sufrido abusos sexuales durante el operativo.
La investigación también alcanzó a autoridades del penal, integrantes del Grupo de Intervención ante Emergencias (GIE) y personal del área de sanidad. La Comisión Provincial por la Memoria relevó testimonios, lesiones y otros elementos que fueron incorporados al expediente, además de reclamar que las víctimas fueran escuchadas mediante protocolos especiales para casos de tortura y violencia sexual.
En cuanto a las indagatorias, 14 de los 15 procesados optaron por guardar silencio. Una de las acusadas, Daiana Villafañe, decidió declarar y rechazó los cargos en su contra, al tiempo que sostuvo que era ajena a los hechos investigados. Su declaración fue realizada con el asesoramiento de su defensa particular.
La decisión de los penitenciarios de no declarar no representa una admisión de los hechos ni puede ser considerada una prueba de culpabilidad. Se trata de un derecho de los imputados dentro del proceso penal, por lo que la responsabilidad deberá determinarse a partir de las pruebas reunidas por la Fiscalía y las que se incorporen durante el avance de la investigación.
Con los procesamientos y las indagatorias ya concretadas, la causa ingresó en una nueva etapa. Ahora, la Fiscalía deberá profundizar las medidas de prueba para establecer el grado de responsabilidad que le corresponde a cada uno de los acusados por los graves hechos denunciados dentro de la cárcel de Magdalena.
La causa tramita ante el Juzgado de Garantías N°4 de La Plata, a cargo del juez Juan Pablo Masi, y tiene como procesados a Daiana Belén Balmaceda, María Belén Toledo, Daiana Ayelén Villafañe, Antonela Belén Cingolani, Agustina Ailén Orona, Florencia Anahí Ortiz, Raquel Noemí Boccardo, Gisela Mailin Iguarán, Carlos Miguel Tocci, Juan Manuel Villena, Miguel Ángel Eduardo Villotta, Facundo Sebastián Medina, Lucas Germán Dama, Carlos Alberto Salice y Juan Antonio Juanena.
